Vacuna covid obligatoria en España: ¿Puede mi empresa exigirme que me vacune contra el coronavirus?
Nadie es ajeno al revuelo causado por la aparición de las primeras vacunas contra el Covid-19. Sin embargo, una de las cuestiones más polémicas es la posibilidad de imponer la vacuna covid-19 obligatoria a los ciudadanos y más aún la posibilidad de que una empresa obligue a sus trabajadores a vacunarse o que aquello sirve de criterio para contratar a una persona frente a otra.
Normativa actual: ¿es posible imponer la vacuna obligatoria?
Actualmente en España existe una norma que regula la protección de ciertos trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante su trabajo. Esta disposición es el Real Decreto 664/1997, una norma que tiene como fin regular precisamente las facultades de los empresarios para garantizar la seguridad sanitaria de su plantilla. En estos casos, dice el artículo 8.3 que existiendo vacunas eficaces contra determinados agentes biológicos, deberán ponerse a disposición del trabajador, siendo éste último quien decida si se somete o no al mismo.
- ¿Cuál es el principal problema? Esta norma sólo es de aplicación para aquellos colectivos que se expongan a los agentes biológicos debido a la naturaleza de su actividad (sanitarios, laboratorios, etc).
Dejando de lado esta excepción, en la actualidad, la única vía legal que podría llegar a dar cobertura a una vacuna covid obligatoria sería la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que tan famosa se ha hecho desde el inicio de la pandemia. Conforme a su artículo Primero, las autoridades sanitarias de las Administraciones Públicas podrán adoptar las medidas previstas en la propia norma para proteger la salud pública. A continuación, el artículo tercero concreta un poco más esas medidas: “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria además podrá adoptar las medidas oportunas para el control de la transmisión respecto de las personas”.
Por lo que no parece del todo descabellado que si no puede garantizarse una vacunación más o menos general de la población, pueda plantearse hacerlo de manera obligatoria por establecerlo así la Ley. Ley que a día de hoy no existe y que debería estar plenamente justificada. Ya que la mencionada Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, publicada en 2020, habilitaría realmente a crear esa norma. No tendría suficiente respaldo tal y como está ahora mismo para justificar y servir de base a, por ejemplo, una Orden Ministerial que obligase a la sociedad española a vacunarse.
¿Puede una empresa no contratarme por no estar vacunado?
Otra de las grandes polémicas es si la empresa podría llegar a no contratar o incluso despedir a un trabajador por no vacunarse del Covid-19. Este debate ha resurgido con fuerza a raíz de las declaraciones de la Presidenta del Comité Económico y Social Europeo (órgano consultivo de la UE) que aseguraba que una empresa puede decidir a quién contrata en base a si está o no vacunado. Lo cierto es que actualmente esta decisión chocaría frontalmente con el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución Española, entre otros derechos.
Un empresario no podría, con la legislación actual, determinar si contrata o no a alguien por el mero hecho de no haberse vacunado contra el coronavirus. De la misma manera que tampoco estaría justificado despedirle por la negativa a vacunarse. Tanto da si es en pro de la salud colectiva del resto de trabajadores, ya que existe en nuestro ordenamiento jurídico y más concretamente en material laboral, una preferencia del derecho individual del trabajador sobre el derecho colectivo.
Todo lo dicho, significa simple y llanamente que si bien el empresario podría proceder a su despido, éste sería calificado como improcedente con una indemnización de 33 días por año trabajado para el periodo posterior al 12/02/2012 y de 45 días por año trabajado desde la contratación hasta esa fecha.
¿Pueden los jueces obligarme a vacunarme del covid-19?
A pesar de todo lo dicho hasta ahora, existe una última vía algo más excepcional. Los jueces podrían llegar a obligar a una persona o grupo de personas a vacunarse si consideran que existe un riesgo potencial en caso de no hacerlo. Hasta aquí, parece lógico, pero ¿qué ocurre si ese grupo de personas es tan amplio como el 90% de la población española? En este caso parece evidente afirmar que un juez no podría obligar de manera masiva a nadie.
Ojo, que un juez decida que alguien se vacune no significa en realidad tal cosa. Lo que haría sería aplicar lo contemplado en el artículo 43.2 de la Constitución, que faculta a los poderes públicos para llevar a cabo medidas preventivas o de control necesarias para garantizar la salud pública. Así que a fin de cuentas volvería a recaer en el Estado esa facultad para obligarnos a ello