El engaño de las tarjetas revolving

Las tarjetas revolving han sido uno de los grandes engaños al cliente bancario de los últimos años, desde la aparición de las «preferentes». Aunque no debes olvidar que éstos no son los únicos productos que pueden hacer peligrar la economía doméstica: los tipos de interés desproporcionados, las formas de aplicarlos o la creación de nuevos baremos son igual de peligrosos. 

En concreto, este tipo de producto financiero esconde un sistema tan complejo, que si no lo conoces a la perfección, podría acabar por endeudarte eternamente sin darte cuenta. Precisamente su sistema de devolución en comodísimas cuotas por su bajo importe es la razón de que estos créditos al consumo se conviertan en una especie de condena de la que conocemos el inicio, pero no el final.

tarjetas revolving

¿QUÉ SON LAS TARJETAS REVOLVING?

Pues bien, lo primero que tienes que saber es que son las primas hermanas de las tarjetas de crédito de toda la vida. El gasto que tú hagas con ellas no se cobra en el momento, sino que se convierte en un pago aplazado. Al igual que aquellas, las tarjetas revolving cuentan con un límite del dinero máximo del que podrás disponer. A medida que vas haciendo compras y pagando, ese límite va disminuyendo, volviéndose a recuperar con los pagos periódicos que hagas. Es decir, cuando te hacen efectivo el pago que has hecho anteriormente. Hasta aquí todo normal y correcto.

Modalidades de pago: total o aplazado

A la hora de devolver ese dinero, el titular de la tarjeta puede decidir hacerlo en un único pago (al igual que ocurre con las tarjetas de crédito, que se liquidan en una fecha concreta por todo el saldo gastado anteriormente) o mediante el pago aplazado, y es aquí donde encontramos la trampa. En la modalidad de pago único los bancos no suelen aplicar intereses, o en caso de hacerlo son a tipos muy bajos, por lo que no suele ser la vía más promocionada por las entidades. Su beneficio en estos casos es limitado. Sin embargo, en la modalidad de pago aplazado los intereses que se han venido aplicando son absolutamente desproporcionados en algunos casos.

INTERESES DESORBITADOS EN TARJETAS REVOLVING

Este es el principal problema de las tarjetas revolving y que ha provocado que sus titulares se hayan metido en una espiral de endeudamiento tan compleja. Cuando decidimos aplazar el pago para devolver las cantidades gastadas existen dos opciones:

  • Pagamos un porcentaje de la deuda que se haya devengado durante ese mes. Ese porcentaje suele oscilar entre el 5% y el 25%. Por lo que, si echamos una sencilla cuenta, si a final de mes nuestro saldo deudor (lo que hemos gastado) es de 100€, y nuestro porcentaje de devolución es del 10%, significa que ese mes devolveremos tan sólo 10€.
  • Pagamos una cuota fija con independencia del gasto que hagamos por mes, contando también con importes mínimos y máximos. Es decir, si nuestra cuota es de 40€, tanto si hemos gastado 50€ como si hemos gastado 2.500€, devolveremos tan sólo 40€.
Dicho esto, ya te habrás dado cuenta de dos cuestiones importantes:
  1. Pagando unos importes de devolución tan bajos tardarás demasiado en devolver la totalidad de la deuda, a la que, por cierto, se le siguen sumando intereses mientras no devuelvas el total del dinero prestado. Con lo que si abonas 10€ pero aumentan otros 12€ de intereses, acabarás con una deuda de 300€ por haberte prestado 100€, de la que 200€ serán intereses.
  2. El dinero gastado cada mes y no repuesto seguirá engordando nuestro saldo deudor. Si a un mes le sigue otro, y otro, y otro… Podemos acabar con una deuda eterna que no permite que la saldemos y que continúa creciendo sin que podamos remediarlo.

RESUMEN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE TARJETAS REVOLVING

Ahora que ya sabemos cómo funcionan las tarjetas revolving, analizaremos qué ha dicho el Tribunal Supremo al respecto y en qué puede beneficiarnos como consumidores.

La principal norma en la que se ha basado esta sentencia es la Ley de Represión de la Usura, de 23 de julio de 1908. Estamos ante una ley con más de un siglo de antigüedad, y que ha acabado siendo reflotada en pleno 2020. Según esta disposición, cualquier contrato de préstamo que incluya un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso será nulo. El empleo de conceptos jurídicamente indeterminados es algo desgraciadamente muy habitual en nuestra legislación, obligando a los tribunales a tomar parte en el asunto haciéndolos determinados.

Para analizar si el interés es o no desproporcionado y muy superior al normal, debemos tomar como referencia el Interés medio para los créditos al consumo en el año de contratación de la tarjeta.

Soluciones y vías de reclamación de tarjetas revolving

Si crees que has sido “víctima” de la comercialización de una de estas tarjetas y no estás seguro de querer seguir con ella ahora que conoces todos sus riesgos, te contamos lo que puedes hacer. Para ello debemos diferenciar las dos posibles situaciones en las que puedes encontrarte:

  • Has devuelto ya el dinero que gastaste, pero continúas pagando los intereses de habértelo prestado: en este caso te recomendamos que pidas la nulidad del contrato judicialmente y solicites el exceso de capital, comisiones o gastos asociados que te hayan cobrado de manera ilícita.
  • Todavía estás devolviendo el dinero que has gastado: en este caso, sería recomendable que acudas a los tribunales para pedir la nulidad del contrato, con la intención de abonar exclusivamente a la entidad financiera el importe de deuda que te queda pendiente.
  • Negociación extrajudicial de tu deuda. Debido a la ingente cantidad de tarjetas de este tipo que fueron comercializadas de manera bastante opaca y sin la información adecuada, muchas entidades están permitiendo a sus clientes renegociar con ellos la posibilidad de devolver el dinero, sin tener que acudir a los tribunales.