Certificado de antecedentes penales: qué es y cómo solicitarlo
El certificado de antecedentes penales se ha convertido en uno de los documentos de tipo penal más importantes de los últimos tiempos. La información que proporciona sobre el pasado penal de las personas es una información muy valiosa en según qué circunstancia.
QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES
Con la entrada en vigor de la Orden de 20 de marzo de 1981 se reguló por primera vez la petición y envío de certificados por correo. Esta norma contemplaba la expedición de certificados por el Registro Central de Penados y Rebeldes y el Registro General de Actos de Última Voluntad. Posteriormente se han ido desarrollando diversas normas que completan el marco normativo de este tipo de certificados.
Concretamente, el certificado de antecedentes penales es un documento que acredita la carencia o existencia de antecedentes penales que constan en el Registro Central de Penados en la fecha en que son expedidos. No debemos confundirlo con el certificado de cancelación de antecedentes penales, que es precisamente todo lo contrario. Este documento se puede obtener cuando se ha cumplido la pena impuesta.
No debe confundirse tampoco con el certificado de delitos de naturaleza sexual que se exige en España para trabajar con menores desde la entrada en vigor de la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Este certificado no tiene ninguna limitación en cuanto a los delitos que pueden constar en él: delito de daños, delito de lesiones, delito de estafa, cualquiera de ellos podrá quedar registrado.
Obligación de facilitar certificado de antecedentes penales en el ámbito laboral
A pesar de que existe una regla general que prohíbe que este tipo de información pueda ser solicitada por un empresario, también se han previsto una serie de excepciones. Tanto si nos exigen entregar el certificado de antecedentes penales para participar en un proceso de selección, como si su contenido sirve para dejarnos fuera de él, se estaría produciendo una situación de discriminación.
Sin embargo, como decimos, existen determinados sectores donde, por imperativo legal, se exige la entrega de dicho certificado. Estas excepciones son:
- Administración Pública, Policía o Ejército: la Orden del 9 de marzo de 1937 obliga a probar la buena conducta ciudadana mediante un certificado negativo de antecedentes penales.
- Directivos de Entidades Financieras: el Real Decreto 256/2013 exige que para ocupar estos cargos la persona no haya sido condenada por delitos o faltas, con carácter general y más concretamente no haberlo sido por delitos económicos.
- Agentes de seguros, mediadores y otro personal: exigen no tener antecedentes por delitos de falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, entre otros.
- Profesionales que trabajen con menores: como ya avanzamos, en este sector se exige un certificado de antecedentes penales de naturaleza sexual.
- Seguridad privada: será igualmente exigible que aporten también un certificado negativo para poder acceder al puesto de trabajo.
- Empleados de casino: los empleados, socios, representantes y/o directivos deberán acreditar la falta de antecedentes penales.
CÓMO PEDIR EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES
Este certificado podrá ser solicitado por cualquier persona física mayor de edad, así como por las personas jurídicas a través de sus representantes legales.
Existen tres formas para solicitar la expedición del certificado por parte del Registro General de Penados. Podrá hacerse la petición por vía electrónica, de manera presencial o bien a través del servicio de correo ordinario. Para ello será necesario cumplimentar el modelo 790 que puedes obtener en la web del Ministerio o en la Oficina Central de Atención al Ciudadano de Madrid o en las oficinas de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
Tanto en el caso de que se solicite de manera presencial o se haga por correo postal la solicitud podrá ser presentada por el propio interesado o por persona autorizada. En este último caso deberá presentar su DNI, el DNI del interesado/representado y el documento que acredite la representación mediante documento público autorizado por notario, documento privado con las firmas legitimadas por notario o documento privado otorgado ante empleado público que hará constar dicho poder mediante Diligencia.
En todo caso, deberá abonarse la tasa correspondiente por importe de 3,78€. Lo que puede hacerse a través de la banca electrónica o presencialmente en las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria.
Solicitud presencial.
Se puede presentar la solicitud en:
- En cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, o de las Comunidades Autónomas o de Entidades Locales con oficina integrada.
- Comunidad Autónoma de Madrid: En la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
- Resto de Comunidades Autónomas: En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
Se recibirá en el acto, salvo que por motivos técnicos no sea posible.
Por correo postal
Para obtener el certificado por correo postal, deberá remitirse la solicitud a:
- Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
- En Madrid, a la Sección de Antecedentes Penales de la Oficina Central de Atención al Ciudadano
El plazo máximo para su obtención es de 10 días hábiles desde su recepción.
Por Internet
Para obtener el certificado de antecedentes penales online deberá hacerse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia > Trámites > Certificado de Antecedentes Penales.
En este caso, el certificado estará disponible en un plazo de 24h desde la solicitud. Siendo posible que debido a problemas técnicos este plazo se incremente hasta un máximo de 10 días hábiles desde la solicitud