Fase 3: actividades permitidas antes de la Nueva Normalidad

Muchas unidades territoriales están a punto de culminar el Plan de Desescalada que se inició el pasado 5 de mayo con su entrada en la fase 3. Algunas otras como Madrid, pasarán directamente de la fase 2 a la llamada Nueva Normalidad. La Orden SND 458/2020 es la encargada de establecer las actividades y limitaciones que deben regir para esta última fase. No obstante, hemos recogido también las modificaciones introducidas por las dos últimas órdenes publicadas: Orden SND 507/2020 y Orden SND 520/2020.

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ACTIVIDADES PERMITIDAS DURANTE LA FASE 3

Aquí tienes el listado completo de las actividades que podrás realizar a partir de hoy, además de las que ya estaban permitidas durante la fase 2:

Libertad de movimiento: eliminadas las franjas horarias

Se permite la circulación por la provincia y los grupos de hasta 20 personas, a excepción de los que convivan juntos que no tendrán limitación.

Podrá circularse fuera de la provincia siempre que medien causas justificadas (retorno al domicilio habitual, por trabajo o por cuidado de mayores o personas con discapacidad).

Finalmente, en la fase 3 se eliminan todas las franjas horarias previstas para hacer deporte o pasear.

Velatorios o entierros: 50 personas

Podrán realizarse velatorios o entierros de hasta 50 personas si es al aire libre, y 25 personas si es en recinto cerrado. Podrán ser o no convivientes. En el caso de enterramientos o incineración se permite la asistencia de 25 personas.

En todos los casos deberá respetarse una distancia mínima entre las personas de 2 metros.

Lugares de culto: 70% de aforo.

Se permite la asistencia a lugares de culto respetando la limitación de un 75% aforo. Será obligatorio el uso de mascarilla y deberá realizarse tareas de desinfección entre los actos celebrados. No se permite el uso de agua bendecida ni tampoco de abluciones rituales. No podrán celebrarse actos de culto en la calle.

Bodas: 75% de aforo o 150/75 personas.

En el caso de celebración de bodas, deberá respetarse un aforo máximo del 75%, y en todo caso, un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o 75 en espacios cerrados.

Lo mismo resultará de aplicación para celebraciones religiosas de carácter social.

Locales y comercios minoristas: 50% aforo.

Se permite la reapertura de todos los locales y comercios sin limitación de superficie con un aforo máximo del 50%. Deberá mantener un horario de atención preferente para mayores de 65 años.

En el caso de los mercadillos, se permitirán limitando al 50% los puestos habituales.

Centros o parques comerciales: 50% de aforo.

Se permite la reapertura de los centros comerciales con un aforo máximo del 50% y del 40% en las zonas comunes. No se permitirá la estancia en dichas zonas comunes nada más que para el tránsito.

Se permite ahora sí la reapertura de las zonas recreativas e infantiles, garantizándose siempre la distancia mínima interpersonal de 2 metros y evitando aglomeraciones.

Consumo dentro y fuera del local en restauración: 40% de aforo.

Se podrá realizar consumo en el interior del local en restaurantes siempre que no se supere un aforo máximo del 50%. El consumo en el interior deberá ser sentado en mesa. Se permitirá el consumo en barra siempre que se garantice la distancia mínima de 2 metros entre personas o grupos de personas.

La apertura de terrazas estará limitado al 75% de aforo. Esto podrá limitarse por cada CCAA respetando siempre un mínimo del 50% y un máximo del 75%.

Se debe fomentar el uso de mantelerías y cubiertos desechables. Se evitará el empleo de cartas comunes. Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palillos, etc.

Zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos: 50% de aforo.

Se permite la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos siempre que no se supere el 50% de aforo máximo. Será de aplicación todas las medidas de higiene y seguridad previstas para el propio hotel o alojamiento turístico.

Discotecas y lugares de ocio: 30% de aforo máximo

Podrán abrirse de nuevo las discotecas y bares de ocio nocturno con la limitación de un 30% de aforo máximo. En esta fase 3, aquellos locales que tengan pistas de baile podrán ser utilizadas para instalar más mesas pero no pasa su uso habitual: bailar.

Bibliotecas: aforo máximo del 30%.

Podrá realizarse lecturas en sala siempre que se respete un aforo máximo del 50%. También podrán realizarse ya actividades culturales siempre que no se supere un 50% de aforo máximo.

Actividad en los museos: 50% de aforo.

Los museos permitirán tanto visitas del público a la colección y exposiciones temporales, como a actividades culturales. Respetando siempre un aforo máximo del 50 de aforo. Los grupos para cada actividad no podrán superar las 20 personas.

Visitas a monumentos u otros equipamientos culturales: 50% de aforo.

Se incrementa el aforo máximo permitido en la visita a monumentos hasta el 50%. Igualmente se permitirán grupos máximos de 20 personas.

Cines, teatros, auditorios o establecimientos similares: 50% de aforo.

Los cines, teatros o similares tendrán ahora un límite del 50% de aforo y siempre mediante el sistema de butaca preasignada.

En el caso de otros locales o establecimientos distintos de los mencionados y destinados a actos culturales, podrán reanudarse siempre que se respete la limitación de un 50% de aforo u 80 personas en espacios cerrados, y un 50% de aforo o 800 personas.

Plazas y instalaciones taurinas: 50% aforo máximo

Podrán reanudarse los eventos taurinos respetando en todo momento un límite del 50% de aforo máximo o, en todo caso, un máximo de 800 personas.

Actividad deportiva no profesional: 20 personas

Podrán realizarse entrenamientos no profesionales de manera individual. En el caso de los deportistas profesionales, podrán realizar entrenamientos pre-liga o pre-competición en grupos de hasta 20 personas.

En las instalaciones deportivas al aire libre podrán realizarse actividades grupales con un límite de 20 personas o en todo caso un aforo máximo del 50%. En estos casos, ya no será necesaria la cita previa. Además, se reabren los vestuarios y zonas de ducha.

Turismo activo: 30 personas máximo.

Las actividades de turismo activo podrán realizarse en grupos de hasta 30 personas. Se permitirá también la actividad de guía turístico con un máximo de 30 personas por grupo y mediante cita previa.

Reapertura de zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos.

A partir de la entrada en fase 3, podrán proceder a su reapertura dichos centros con un aforo máximo del 50%, y de un 30% en atracciones y lugares cerrados. Deberán instalar un sistema de recuento y control de aforo.

Reapertura de establecimientos y locales de juego y apuestas.

La reapertura de dichos centros queda limitada a un 50% de aforo máximo.

Actividades de tiempo libre infantiles y juveniles.

Cuando dichas actividades se lleven a cabo al aire libre deberá respetarse un máximo del 50% de aforo habitual, o un máximo de 200 personas, incluyendo los monitores. En caso de espacios cerrados, el límite será del 30% de aforo o un máximo de 80 participantes. Durante el desarrollo de las actividades, deberán organizarse grupos de hasta 10 personas, incluido el monitor.