El Tribunal de La Haya o Corte Penal Internacional

Muchas veces escuchamos hablar del Tribunal de la Haya como si fuera un órgano concreto, pero aunque comúnmente lo hayamos bautizado así, lo cierto es que no es su nombre real. Esto es debido a que su sede se encuentra en La Haya, Países Bajos. El auténtico nombre de este órgano internacional encargado de juzgar determinados crímenes es en realidad: Corte Penal Internacional.

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EL TRIBUNAL DE LA HAYA O CORTE PENAL INTERNACIONAL

Este órgano internacional se creó por iniciativa de la ONU el 17 de julio de 1998 mediante la firma del Estatuto de Roma. Entró en funcionamiento el 1 de julio de 2002, tras su ratificación por 60 de los 120 Estados que firmaron el Estatuto, convirtiéndola así en el primer tribunal internacional penal de carácter permanente. En la actualidad son 123 los países que han ratificado el Estatuto de Roma.

A pesar de lo que muchos creen, el mal llamado Tribunal de la Haya es totalmente independiente de la ONU. Tan sólo existe una estrecha colaboración entre ambas instituciones.


¿CUÁLES SON LAS COMPETENCIAS DE EL TRIBUNAL DE LA HAYA?

A pesar de ser un tribunal penal, su competencia se limita a tan sólo 4 delitos con una gran relevancia para la sociedad internacional. Estos crímenes se caracterizan por ser ejercidos contra grupos de personas o civiles por motivos políticos o ideológicos. El Tribunal de la Haya ejercerá sus funciones en el caso del delito de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión. Este último incorporado en el año 2010. Para evitar infringir el principio non bis in ídem, ninguno de estos delitos podrán ser juzgados a nivel interno por los distintos Estados Miembro.

Crimen de genocidio

Estamos ante un crimen de genocidio cuando se cometa alguno de los actos siguientes con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso:

  1. Matanza de miembros del grupo
  2. Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros
  3. Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que provoquen su destrucción
  4. Impedir nacimientos en el seno del grupo
  5. Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro

Como ves, este crimen está enfocado a erradicar intencionadamente un grupo de la sociedad. Este es el caso del Conflicto de Darfur entre árabes y los pueblos negros que ha sido calificado de genocidio.

Crímenes de lesa humanidad

Se entiende por crímenes de lesa humanidad cualquier de los siguientes actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:

  1. Asesinato
  2. Exterminio: imposición intencional de condiciones de vida (privación de alimentos o medicinas) para causar su destrucción
  3. Esclavitud: ejercer el derecho de propiedad sobre una persona (tráfico de mujeres y niños, por ejemplo).
  4. Deportación o traslado forzoso de la población de zonas en las que estén legítimamente y sin motivo
  5. Encarcelación o privación grave de la libertad física violando las normas fundamentales de derecho internacional
  6. Tortura: no se considera como tal el dolor o sufrimiento por sanciones lícitas
  7. Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual comparable
  8. Persecución de un grupo con identidad propia fundada en motivos raciales, políticos, culturales, religiosos u otros motivos reconocidos como inaceptables internacionalmente
  9. Desaparición forzada de personas: la detención o secuestro por parte de un Estado u organización política, o contando con su autorización, sin admitir tal privación o sin informar del paradero de dicha persona
  10. Crimen de apartheid: actos similares a los anteriores cometidos bajo un régimen de opresión y dominación de un grupo racial sobre otro con la intención de mantener dicho régimen

La Corte condenó a Bosco Ntaganda por 5 crímenes de lesa humanidad y 13 crímenes de guerra. Entre otros actos, por permitir violaciones a menores de edad al noreste de la República Democrática del Congo entre julio de 2002 y marzo de 2003.

Crímenes de guerra

Dentro de esta categoría, nos encontramos con una larga lista de actos cometidos como parte de un plan o política, o como parte de la comisión en gran escala de dichos crímenes. Hablamos de tortura o tratos inhumanos (incluidos los experimentos biológicos), privar a un prisionero de su derecho a ser juzgado u obligarlo a combatir en el bando enemigo o la toma de rehenes. Respecto a los actos propios de una guerra, se consideran graves violaciones de las leyes el dirigir ataques contra personas que no participen directamente en las hostilidades, utilizar de modo indebido la bandera blanca, o reclutar a menores de 15 años en las fuerzas armadas.

Para poder hablar de crímenes de guerra es necesario que se trate de conflictos armados de índole internacional (quedando al margen los motines o actos esporádicos de violencia) durante un tiempo prolongado entre el Gobierno y grupos organizados, o entre los propios grupos.

Un ejemplo de esto es el Conflicto de Uganda. Joseph Kony, como líder de la secta Ejército de Resistencia del Señor (LRA) es responsable de la muerte de unas 10.000 personas y el secuestro de 60.000 niños.

Crimen de agresión

En el año 2010, se incluía este crimen como uno más bajo la competencia de la Corte. Este delito se comete cuando un líder o responsable político planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión mediante el uso de la fuerza armada contra la soberanía, la integridad territorial o independencia de un Estado contra otro. Son actos de agresión, entre otros, la invasión, el bombardeo o el bloqueo de puertos.

En la actualidad la Corte no ha ejercido todavía su competencia para este crimen. Cuando se incorporó al Estatuto de Roma se condicionó a que se adoptara una decisión posterior al 1 de enero de 2017, pero hasta la fecha esa decisión no ha tenido lugar.

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